* JEP lo insta a aportar verdad de lo ocurrido en la toma y retoma del Palacio de Justicia.
La Justicia Especial para la Paz (JEP) revoca el beneficio de libertad provisional y condiciona la permanencia del general en reserva activa (RA) Jesús Armando Arias Cabrales a que aporte a la verdad.
El 24 de octubre de 2014, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó al general (RA) Arias Cabrales a 35 años de pena como coautor del delito de desaparición forzada de cinco personas ocurrida en desarrollo de la toma y retoma del Palacio de Justicia, durante el seis y siete de noviembre de 1985.
Cinco años después, el 23 de septiembre de 2019, la Corte Suprema de Justicia decidió no casar la sentencia del tribunal.
El 15 de mayo de 2020, una vez verificados los requisitos exigidos por la ley, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de esta Jurisdicción aceptó el sometimiento del general (RA) Arias Cabrales, le concedió el beneficio provisional de la libertad transitoria, condicionada y anticipada, y lo requirió para que allegara un compromiso claro, concreto y programado de aportes a la verdad.
Dicha decisión fue apelada ese mismo mes por dos grupos de víctimas que argumentaron que el general (RA) no tenía interés en contribuir a la verdad de lo ocurrido.
Al resolver las apelaciones la Sala revoca el beneficio provisional de libertad y condiciona el mantenimiento de su sometimiento en la JEP a un aporte inmediato a la verdad plena.
En sentencia promulgada hoy, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP considera que el general (RA) “...no ha cumplido con sus obligaciones ante el Sistema Integral de Paz, concretamente, en lo relacionado con el esclarecimiento de los hechos, pues no atendió el llamado que en dos oportunidades le realizara la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y tampoco ha presentado el documento contentivo de su aporte a la verdad exigido por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas”.
En consecuencia, la Sección de Apelación el 21 de julio de 2022, al resolver sobre las apelaciones, revoca el beneficio provisional de libertad otorgado inicialmente al general (RA) Arias Cabrales y condiciona el mantenimiento de su sometimiento en la JEP a un aporte inmediato a la verdad plena. Según la JEP, esa situación "evidencia un incumplimiento grave de sus compromisos para la construcción de una paz estable y duradera".
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