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Más de 100.000 crímenes no amnistiables de las Farc-EP

* La JEP investiga homicidios, masacres, desapariciones forzadas, desplazamiento forzado y violencia sexual como partes de un patrón de control social y territorial; y sicariato y atentados con explosivos en las ciudades por parte de las redes urbanas.
A las 8:15 p.m. del siete de febrero de 2003 comenzó el horror en el Club El Nogal, al nororiente de Bogota DC. 36 personas perecieron y 198 resultaron heridas a causa del carro-bomba detonado por las Farc-EP en el parqueadero del edificio. / Foto: Centro de Memoria Histórica.

Bogotá DC | El silencio y el secreto se imponen a paso lento en las ingadaciones de los crímenes perpetrados por integrantes de la desmovilizada Farc-EP, mientras las más de 100 mil vícimas esperan -con desesperanza- ser escuchadas, conocer las verdades y ser reparadas.


Los crímenes no amnistiables perperados por las Farc-EP causaron más de 54.000 víctimas desplazadas forzosamente y más de 50.100 víctimas de medios y métodos Ilícitos de guerra, de acuerdo con lo establecido en el macrocaso 10 de la Justicia Especial para la Paz (JEP), abierto el 15 de julio de 2022.


Los patrones de crímenes investigados son: homicidios, masacres, desapariciones forzadas, desplazamiento forzado y violencia sexual como partes de un patrón de control social y territorial; el uso de medios y métodos ilícitos de guerra y otros crímenes cometidos en desarrollo de las hostilidades; y sicariato y atentados con explosivos en las ciudades por parte de sus redes urbanas.


Hasta el momento, la sociedad civil ha entregado 306 informes de violaciones de derechos. A estos se suman los informes presentados por la Fiscalía General de la Nación relacionados con los crímenes cometidos por las Farc-EP durante el conflicto armado. Entre estos se hallan graves infracciones al Derecho Penal Internacional.


Estos crímenes, graves por su naturaleza, no habían sido contemplados por la JEP para incluirlos en un macrocaso abierto previamente. Sin embargo, el macrocaso No. 10 fue denominado ‘Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas Farc-EP por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano’. Es decir, se trata de investigar aquellos hechos que han estado por fuera de las conductas analizadas en los casos de secuestro y de reclutamiento, además de la utilización de niños y niñas en la guerra.


Reconociendo que habían tardado en investigar los hechos, la Sala de la JEP abrió el macrocaso No. 10 a partir de tres criterios de impacto: la gravedad de los hechos, la magnitud de la victimización y la representatividad.


Además, tuvo en cuenta dos criterios subjetivos de impacto: la vulnerabilidad de las víctimas y la representatividad de los presuntos responsables.


Desde hace un año, la JEP se comprometió a identificar a los máximos responsables de tales crimenes, hecho que aún no ha logrado.


Hay que anotar -como consta en informes de la Fiscalía y del Sistema Penal Acusatorio- que la gran mayoría de esos crímenes permanecen en la impunidad.


En las etapas previas a la priorización, la JEP agrupó los hechos en tres patrones: primero, los crímenes cometidos en ejercicio del control social y territorial, segundo, los crímenes cometidos en desarrollo de las hostilidades y tercero, los crímenes cometidos en contextos urbanos. El tercer patrón parte del reconocimiento de asesinatos selectivos por parte de antiguos miembros del último Secretariado de las Farc-EP, así como de los expedientes que registran ataques urbanos con explosivos como el del Club El Nogal.


CASO DEL CLUB EL NOGAL

El atentado terrorista ccontra el Club El Nogal, en Bogotá DC, fue un crimen no amnistiable. Precisamente, el viernes 25 de agosto del año en curso, luego de una larga espera, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la JEP declaró que no son amnistiables las conductas de dos integrantes de la Columna Móvil Teófilo Forero de las extintas Farc-EP con ocasión del atentado al Club El Nogal de Bogotá.


Se trata de Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas, coautores de ese atentado, ocurrido en Bogotá el siete de febrero del 2003, que dejó 36 personas muertas y 158 heridas.


Las conductas cometidas por los hermanos Arellán Barajas, según una resolución de la SAI, son crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario. La magistratura determinó que el ataque no se dirigió contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial. Además, produjo muertes y lesiones de civiles que no eran objetivos militares y gozaban de protección a la luz del DIH.


En la decisión, la magistratura de la JEP analizó los principios de distinción y precaución que entre otras cosas indican que: “las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”.


Así mismo, la sala hizo un examen a la luz de la prohibición de ataques indiscriminados por el Estatuto de Roma y las normas del DIH compiladas e interpretadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja. En este caso, el lugar del atentado está situado en una zona comercial y residencial de Bogotá. Se trata de un bien civil que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida.


Además, las personas víctimas de este ataque eran civiles que no participaban en las hostilidades y, por tanto, gozaban de protección respecto de un ataque en el marco del conflicto armado.


Para la JEP, es claro que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil.


La SAI remitió el atentado al Club El Nogal al Caso No. 10 de la Sala de Reconocimiento de Verdad: ‘Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas Farc- EP en el conflicto armado’.


¿La razón? podría hacer parte de los patrones de conductas no amnistiables cometidas en el desarrollo de las hostilidades.


Los hermanos Arellán Barajas fueron condenados por la justicia ordinaria a 40 años de cárcel por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio, tras comprobarse su participación en la explosión del carro-bomba en las instalaciones del Club El Nogal.


En su proceso en la JEP, luego de haber recibido el beneficio de libertad condicionada, la SAI les impuso el régimen de condicionalidad y les hizo un llamado para que aporten a la verdad y se comprometan con el Sistema Integral para la Paz.


Con ocasión a esta decisión, la Sala de Amnistía o Indulto estableció una ruta para que las víctimas del atentado al Club el Nogal participen en el trámite en el Caso No. 10, para que puedan ser acompañadas y asesoradas ante la Sala de Reconocimiento por el Departamento de Atención a Víctimas de la JEP.


Finalmente, se ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas suspender el proceso de cobro coactivo que cursa en contra de Herminsul Arellán Barajas. Esto, con ocasión de la multa impuesta por la justicia penal ordinaria por el atentado al Club el Nogal hasta que la Sala de Reconocimiento se pronuncie al respecto. Esta suspensión no implica el levantamiento de las medidas cautelares impuestas con el propósito de garantizar los derechos de las víctimas.


HECHOS VICTIMIZATES

El universo provisional de hechos, elaborado por el Grupo de Análisis de la Información (GRAI), estaría conformado por 169.400 hechos victimizantes. Al contrastar los distintos informes entregados a la Sala de Reconocimiento, el GRAI y los despachos encontraron diferentes reportes de victimización pues una persona puede ser víctima de varios delitos. Por ejemplo, de homicidio y del uso de medios y métodos ilícitos de guerra.


El universo provisional de hechos, incluye 54.000 víctimas de desplazamiento forzado y 50.100 víctimas del uso de medios y métodos ilícitos de guerra (en los que se incluyen ataques a bienes protegidos, ataques a personas protegidas, uso de minas antipersonal y artefactos explosivos improvisados, y hechos tipificados por la Fiscalía como terrorismo).

Así mismo, fueron identificadas 48.000 víctimas de homicidio, 15.000 víctimas de desaparición forzada y 2.300 víctimas de violencia sexual.


Según la JEP, “se encontró que estos crímenes variaron de acuerdo con las diferentes etapas del conflicto armado: consolidación territorial de las Farc-EP (entre 1993 y 1996), intensificación de la confrontación con estructuras militares y grupos paramilitares (entre 1997 y 2006) y repliegue para evitar la confrontación directa con el adversario (entre 2007 y 2016). Los crímenes se concentraron en la segunda etapa de intensificación de la confrontación”.


LOS MÁS AFECTADOS

Los departamentos más afectados fueron aquellos que tuvieron presencia de estructuras del Bloque Oriental y del Bloque Sur de las Farc-EP. En relación al desplazamiento forzado, la mayoría de las víctimas documentadas se concentran en Caquetá, Vaupés, Guaviare y Arauca.


En cuanto a los departamentos con mayor afectación por eventos en los que se registra el uso de medios y métodos de guerra ilícitos, especialmente en tomas guerrilleras, el análisis del GRAI encontró que Antioquia, Tolima, Cauca y Nariño, son los departamentos con el mayor número de hechos perpetrados por las Farc-EP.


ÓRDENES IMPARTIDAS

Hace un año, la Sala inició una etapa de profundización en el análisis para adoptar una estrategia de priorización territorial dentro del caso, así como de alistamiento de la JEP para la participación masiva de víctimas de todo el país y su representación común por organizaciones de víctimas.


Al tener un universo provisional de 169.400 hechos victimizantes hay una alta probabilidad de participación masiva de víctimas en este macrocaso por el número de víctimas incluidas en los 306 informes y las denuncias presentadas ante la jurisdicción ordinaria.


ABUSOS A MENORES

Por su parte, Rubén Darío Acevedo Carmona, director general, de la Corporación Rosa Blanca Colombia ha sostenido que “la presencia de grupos armados ilegales en Colombia ha atentado contra las comunidades y la vida de sus pobladores, afectando gravemente su tejido social e instaurando la violencia como forma de relación en los territorios. Durante décadas estas dinámicas de terror y muerte han perpetuado las condiciones de desigualdad y menoscabado los proyectos de vida de los más jóvenes y, en particular, la situación de las niñas y adolescentes que habitan en estos territorios, quienes han tenido que padecer sistemáticas vulneraciones como el reclutamiento y la violencia basada en género en las regiones que fueron controladas por la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (en adelante Farc-EP)”.1


Uno de los relatos incuidos en el texto ‘Testimonios de la Rosa Blanca’ se refiere a la experiencia de la adolescente Alexadra: “Alias Jerónimo me llamó a su caleta y desde ese momento, empieza a obligarme a quedarme con él todo el tiempo para abusar de mí. Por una semana me hizo ir hasta tres veces por día a la caleta, para tomarme fotos y obligarme a estar ahí con él. Yo estaba muy asustada, lloraba todo el tiempo y le decía que no quería estar ahí, por lo que él empezó a golpearme. Durante el transcurso de esa semana tomé la decisión de buscar a alguien que me ayudara entre tantos guerrilleros”.


Su tragedia, sin embargo, no culminó en esa experiencia. Alexandra relata con angustia: “Cuando terminó ese balance de gestión de la guerrilla, cada compañía volvió a su lugar y a mí me dejaron en la Compañí Miller Salcedo, por lo que pensé que todo iba a cambiar y que no me iba a pasar nada, ya que el comandante alias El Abuelo tenía pareja. Pero a los pocos días me enteré de que la mujer de él estaba embarazada y por esa razón la tenía en el pueblo; y a partir de ese momento empezó a llamarme cada dos días o día y medio para abusar de mí”.


Catalina, otra menor víctima de los integrantes de las Farc-EP, revela en el texto de la Corporación Rosa Blanca Colombia: “A partir de ese momento nos asignó un cambuche a seis niñas más de edades entre los diez y doce años, pero yo era la menor. Como a los ocho días de empezar a dormir nos hizo cambiar de sitio, caminamos de noche muchas horas y ya no supe dónde estaba. Cuando empezamos a acampar en los otros lugares, me ordenó que me quedara con él a dormir. Cuando pasaron los meses empezó a violarme, diciéndome que yo ya era una mujercita y que debía estar con él”.


Así... una tras otras, docenas de niñas y adolescentes fueron seuestradas y violadas por integrantes de las Farc-EP.

La verdad y la reparación siguen esperando.


LA TAREA DE LA JEP

Por todo ello, la JEP afronta la tarea no solo de investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes cometidos en el marco del conflicto armado, sino también de desarrollar alternativas viables de participación de las víctimas que respondan a los principios de la justicia restaurativa y a las garantías de no repetición. Para ello la Sala da una serie de órdenes de alistamiento a la Secretaría Ejecutiva.


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