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CHECKLIST DE ADOPCIÓN

* Los derechos que se pretenden salvaguardar parten del principio del interés superior de la niñez.

“En cada niño se debería poner un cartel que dijera:

tratar con cuidado, contiene sueños” .

Mirko Badiale


La adopción es una de las instituciones jurídicas más importantes que puede contemplar cualquier legislación, pues implica el acoger de manera irrevocable a un menor de edad, como parte de una familia, con todos los derechos y obligaciones que implica la patria potestad.


En algunas ocasiones, me ha tocado escuchar opiniones o comentarios negativos, respecto a la duración y dificultades que se enfrentan al realizar un trámite de esta naturaleza, sin embargo, se debe tomar en cuenta lo que está de por medio: la vida e integridad de una persona que, por una u otra razón, no cuenta con el cariño y protección de una familia biológica.


Afortunadamente, la mayoría de las veces, cuando una persona o pareja, ha tomado la decisión de iniciar este proceso, es porque ya cuentan con la determinación necesaria para iniciar un camino que culminará con grandes satisfacciones y aprendizaje, a nivel emocional y espiritual.


Como abogado, las audiencias de adopción son las que más disfruto, pues pocas experiencias se comparan con el hecho de observar la felicidad de quien obtiene una sentencia favorable a sus intereses, en especial, cuando se trata de una aprobación que simboliza el nacimiento legal de un vínculo que se forjó con paciencia, dedicación, planificación y mucho amor.


Dentro del proceso jurídico de la adopción, se debe tener muy presente que los derechos que se pretenden salvaguardar o restituir, parten del principio del interés superior de la niñez, el cual implica priorizar al niño, niña o adolescente que se encuentra involucrado, reconocer su participación, tomar en cuenta su opinión y garantizar su derecho humano a vivir en familia.


En el mismo sentido, es necesario observar una serie de requisitos mínimos para que el trámite pueda llegar a concretarse, dentro de los cuales se destacan los siguientes: a) ser mayor de veinticinco años en pleno ejercicio de sus derechos; b) que entre el solicitante y la persona que se pretende adoptar, exista una diferencia de edad mínima de quince años; y, c) que se garantice idoneidad física, mental, moral y social, a fin de garantizar estabilidad, bienestar y protección del menor de edad involucrado.[1]

Será de gran utilidad mostrar empatía, no forzar la interacción, respetar su espacio y tiempos, no desarrollar ni crear falsas expectativas, e incluso, buscar el apoyo profesional..

Para dar cumplimiento a los requerimientos señalados, es indispensable presentar una serie de documentos, como son actas del estado civil de los solicitantes, cartas de recomendación, comprobantes de ingresos, constancias laborales, certificados médicos de buena salud, exhibir resultados favorables de exámenes toxicológicos, acreditar que no se cuenta con antecedentes penales, someterse a valoraciones psicológicas, mostrar disponibilidad para la realización de estudios socioeconómicos, aportar testigos, etc.


Otro aspecto de importancia que debe ser considerado es: el no perder de vista que el menor de edad que se pretende adoptar, ya cuenta con una historia previa; en la mayoría de las veces, ha enfrentado dificultades como el abandono, el maltrato y la omisión de cuidados; por lo que, puede resultarle difícil adaptarse a nuevos contextos, superar traumas emocionales o expresar sus sentimientos. Sin embargo, en medio de toda esa adversidad, se debe destacar su valentía, fortaleza y resiliencia que salen a relucir cuando se recibe el estímulo requerido.


Así pues, será de gran utilidad mostrar empatía, no forzar la interacción, respetar su espacio y tiempos, no desarrollar ni crear falsas expectativas, e incluso, buscar el apoyo profesional necesario para adquirir las herramientas de adaptabilidad, que contribuyan a fortalecer el vínculo afectivo.


Al visualizar un proceso de adopción como parte de un proyecto de vida individual o conjunto, lo más recomendable es reunir toda la información posible sobre el tema y solucionar las dudas existentes; para ello, puede ser útil, identificar y acercarse al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia más cercano en el caso de México, o el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las instituciones debidamente autorizadas por este, tratándose de Colombia.


Un punto clave, para disminuir dificultades, burocracias y pérdida de tiempo, consiste en contar con una adecuada asesoría jurídica o representación legal; por ello, además del apoyo institucional público, que siempre debe de ser gratuito, es importante contemplar la posibilidad de contratar los servicios de un profesional en la abogacía que posea los conocimientos y experiencia necesaria sobre el tema.


Por último, considero fundamental hacer mención de la necesidad social de fomentar y ampliar la cultura de la adopción, pues nuestra niñez y adolescencia merecen desarrollarse en el seno de una familia que garantice su bienestar y sano desarrollo. Prueba de esta urgencia, lo constituyen las bajas estadísticas de trámites de concretados de manera anual en nuestros países y el incremento alarmante de menores de edad que ingresan o se encuentran en Centros de Asistencia Social, en espera de una oportunidad para poder aspirar a la felicidad.


Tomando en cuenta todo lo anterior, como sociedad debemos analizar nuestra lista de prioridades, rescatar la trascendencia de la familia en la formación y desarrollo de un ser humano y contemplar la adopción, como una forma valiosa y legitima de concretar la experiencia de la maternidad y paternidad, pues como bien lo dijo el poeta y escritor británico, Rudyard Kipling: “El que puede alcanzar el corazón de un niño puede alcanzar el corazón del mundo”.


_________________ [1] Artículos 34, 35 y 36 de la Ley de Adopciones del Estado de Chihuahua, México. / Numeral 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia de Colombia o Ley 1098 de 2006.

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