
El Consejo de Estado admitió una nueva demanda de nulidad contra el acto administrativo por medio del cual se reglamenta parcialmente “el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas” (artículo 1º del Decreto 1844 de 2018), decreto que fue firmado por el presidente de la República, la ministra del Interior, la ministra de Justicia y del Derecho y el ministro de Defensa Nacional.
La demanda, interpuesta por el ciudadano Carlos Germán Navas Talero, buscaba que se declarara la nulidad por inconstitucionalidad del decreto.
El despacho ponente advirtió que la acción de nulidad por inconstitucionalidad no es el medio de control procedente, entre otras cosas, debido a que el decreto se expidió en ejercicio de la facultad reglamentaria del Ejecutivo (numeral 11 del artículo 189 de la Constitución), pues lo hizo en desarrollo de la Ley 1801 de 2018, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Sin embargo, la acción fue admitida como una demanda de nulidad contra actos administrativos de carácter general (artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA), en cumplimiento de la norma que obliga al juez a tramitar la demanda que reúna los requisitos legales y darle el trámite correspondiente, aunque el accionante haya indiciado una vía procesal equivocada (artículo 171 del CPACA).